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Herramienta gratuita

Calculadora de indemnización por accidente de trabajo

La indemnización por incapacidad permanente surge de una fórmula que fija la ley 24.557: 53 por el ingreso base mensual, por el porcentaje de incapacidad, por 65 dividido tu edad. Acá la aplicás con tus datos y ves el desglose completo.

No pedimos tus datos personales. El cálculo se hace en tu navegador.

Calculá tu indemnización

Cuatro datos y te damos una estimación con la fórmula de la ley 24.557.

El promedio de lo que cobrabas por mes en el último año antes del accidente.

El que figura en el dictamen de la Comisión Médica. Si todavía no lo tenés, probá con un valor estimado.

Cuanto más joven, mayor es el coeficiente que aplica la ley.

¿Dónde ocurrió?

Completá los datos y calculá

Vas a ver el desglose completo: la fórmula del artículo 14, el adicional del 20% si corresponde y el coeficiente que aplica según tu edad.

Cómo funciona la fórmula

El artículo 14 de la ley 24.557 no deja el monto librado a la negociación: lo fija una cuenta. Cada factor tiene un porqué.

53
Es el multiplicador fijo que estableció la ley. No depende de tu caso ni se negocia.
Ingreso base mensual
El promedio de tus remuneraciones sujetas a aportes en el año anterior al accidente, no el sueldo de bolsillo del último mes.
Porcentaje de incapacidad
Lo determina la Comisión Médica según el baremo del decreto 659/96. Es el número que más discusión genera y donde más se gana o se pierde.
65 ÷ tu edad
El coeficiente etario. A los 30 años vale 2,17 y a los 50 baja a 1,30: cuanto más joven sos, más años de vida laboral presume la ley que perdiste.
+20% adicional
Se suma si el accidente ocurrió en el lugar de trabajo o mientras estabas a disposición del empleador, según el art. 3 de la ley 26.773. No corresponde al accidente in itinere.

Sobre el piso mínimo

Además de la fórmula existe un piso mínimo por incapacidad permanente que se actualiza por resolución cada pocos meses. Esta calculadora no lo aplica todavía, a propósito: publicar un piso desactualizado le daría un número equivocado a quien lo lee. Si tu resultado es bajo, consultanos: puede corresponderte el piso vigente y no el cálculo de la fórmula.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la indemnización por accidente de trabajo?

La ley 24.557 fija la fórmula: 53 por el ingreso base mensual, por el porcentaje de incapacidad, por 65 dividido la edad del trabajador al momento del accidente. Si el accidente ocurrió en el lugar de trabajo se suma un 20% adicional previsto en el artículo 3 de la ley 26.773. También rige un piso mínimo que se actualiza por resolución.

¿Qué es el ingreso base mensual?

Es el promedio de las remuneraciones sujetas a aportes que cobró el trabajador en el año anterior al accidente o a la primera manifestación de la enfermedad. No es el sueldo de bolsillo del último mes: se calcula sobre las remuneraciones del período, con las actualizaciones que la norma prevé.

¿Por qué influye la edad en el monto?

Porque la ley aplica un coeficiente que resulta de dividir 65 por la edad del trabajador al momento del accidente. La lógica es que a menor edad quedan más años de vida laboral por delante, así que el daño económico es mayor. A los 30 años el coeficiente es 2,17; a los 50 baja a 1,30.

¿El resultado de la calculadora es el monto que voy a cobrar?

No. Es una estimación orientativa construida sobre la fórmula de la ley. El monto real depende del ingreso base que se acredite, del porcentaje de incapacidad que determine la Comisión Médica, del piso mínimo vigente al momento del pago y de las actualizaciones e intereses que correspondan.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Dos años, según el artículo 44 de la ley 24.557. El plazo corre desde que la prestación debió pagarse y, como tope, desde que terminó la relación laboral. En las enfermedades laborales suele contarse desde que se determinó la incapacidad, así que conviene consultar antes de darlo por perdido.

La información de esta página es general y orientativa. No reemplaza una consulta profesional sobre un caso concreto: cada situación tiene particularidades que cambian el resultado. Escribinos y la analizamos con vos.

En qué normas se apoya esta página

Ley 24.557, art. 14
Fija la fórmula de la indemnización por incapacidad permanente: 53 × ingreso base mensual × porcentaje de incapacidad × (65 ÷ edad).
Ley 26.773, art. 3
Adicional del 20% cuando el daño se produce en el lugar de trabajo o mientras el trabajador está a disposición del empleador. No alcanza al accidente in itinere.
Ley 24.557, art. 44
Las acciones derivadas de la ley de riesgos del trabajo prescriben a los dos años.

¿Te dio un número que no esperabas?

El porcentaje de incapacidad y el ingreso base son los dos puntos donde más se gana o se pierde. Mandanos tu caso y lo revisamos con vos.

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